Son asegurables las personas comprendidas entre los 14 y 65 años de edad (consultar mayores de 65 años). Con un seguro de accidentes personales, el asegurado estará cubierto ante los riesgos generados a consecuencia de accidente, en el lugar donde se encuentre.
Las personas asegurables pueden contratar la cobertura de riesgos básicos y adicionales.
Riesgos Básicos
- Muerte accidental.
- Invalidez total y/o parcial y permanente.
Coberturas Adicionales
- Asistencia médico-farmacéutica.
Capital Asegurado
- El capital asegurado se determina entre las partes.
Tipos de Contratación
- Accidentes durante las 24 horas, los 365 días del año.
- Accidentes en Ocasión de Trabajo.
- Accidentes in-itinere.
Ambito de la cobertura
Límite de permanencia en la póliza
- Cualquier asegurado sea titular o cónyuge, podrá estar amparado por esta cobertura, hasta el momento de cumplir los 65 años de edad.
Vigencia
- La vigencia puede ser anual con renovación automática, o bien puede contratarse por períodos inferiores al año.
Beneficiarios Adicionales
- En caso de fallecimiento, la indemnización será abonada a los beneficiarios designados.
- De no existir éstos o la designación sea ineficaz, a los herederos legales.
- En caso de fallecimiento del cónyuge se abonará al titular.