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Conceptos básicos
Se entiende por equipo electrónico aquel que trabaja con una alimentación de tensión reducida (menor a 48 voltios) y disipan muy baja potencia (alrededor de 1000 vatios) y además contienen válvulas, tubos, transistores, etc. En estos equipos se destina la electricidad a producir ciertos efectos (electrónicos) y no al accionamiento directo de mecanismo (motores, electroimanes).
Asegurables
Toda Persona que sea Propietaria o tenga bajo su control y cuidado equipos electrónicos.
Cobertura
Daños materiales directos sufridos por los bienes asegurados por cualquier causa accidental, súbita e imprevista. Los daños por alta y/o baja tensión (fallas en el aprovisionamiento de energía eléctrica de la red pública) se encuentran cubiertos para toda clase de equipos electrónicos, sin costo adicional.
Cobertura
Se cubre la maquinaria a partir del momento en que se encuentra efectuando su tarea específica sobre la superficie terrestre y en tierra firme, incluyendo su eventual tránsito y/o transporte terrestre (por sus propios medios o por unidades propias del asegurado) y/o deposito terrestre. Los bienes quedan cubiertos por pérdidas y/o daños materiales externos ocurridos en forma accidental, súbita e imprevista, a consecuencia de:
Todo riesgo: Daños totales y parciales a consecuencia de incendio, accidente, robo y/o hurto. Esta cobertura se otorga a equipos con año de fabricación mayor o igual a 1990 y dependiendo del resultado de la inspección. SA valor de reposición a nuevo del bien asegurado.
Daños totales: Daños totales a consecuencia de incendio, accidente, robo y/o hurto. SA valor real del equipo, se entiende por valor real el valor depreciado por uso, antigüedad y estado.
Cobertura Adicional
Responsabilidad Civil Lesiones y/o daños materiales. Suma asegurada hasta el valor del equipo.
Se cubre la maquinaria a partir del momento en que se encuentra efectuando su tarea específica sobre la superficie terrestre y en tierra firme, incluyendo su eventual tránsito y/o transporte terrestre (por sus propios medios o por unidades propias del asegurado) y/o deposito terrestre. Los bienes quedan cubiertos por pérdidas y/o daños materiales externos ocurridos en forma accidental, súbita e imprevista, a consecuencia de:
Daños totales y responsabilidad civil: Daños totales a consecuencia de incendio, accidente, robo y/o hurto. Responsabilidad civil por lesiones y/o daños materiales a terceros. Límite R.C. cuando realiza su función específica $ 100.000. Límite R.C. cuando circula desde o hacia el lugar de trabajo u obrador $300.000.
NO se consideran terceros: Las personas transportadas o que operen el bien asegurado, cónyuge y parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad del asegurado y/o del operador del equipo, el operador del equipo, las personas en relación de dependencia laboral con el asegurado en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo.
Suma asegurada: Valor real del equipo.
Objeto del seguro
Construcciones de edificios, hoteles, escuelas, hospitales, fábricas, plantas industriales, puentes, carreteras, vías férreas, etc.
Asegurables
El propietario de la obra o comitente, el contratista, el o los subcontratistas, el consultor de la obra.
Coberturas Básica (Amparos)
Ampara los riesgos producto de la construcción propiamente dicha, entre los que se cuenta: incendio, rayo, explosión, caída de aviones, robo, etc. Cubre todo hecho accidental, súbito e imprevisto que no se encuentre excluido expresamente. (A)
Coberturas adicionales
Suma Asegurada
Corresponde al valor de la obra de construcción (valor total del contrato de construcción) al momento0 de su terminación, incluyendo materiales, derechos de aduana, mano de obra, fletes, impuestos y materiales o rubros suministrados por el propietario o comitente.
Rubros en los que deben indicarse SA por separado
Objeto del seguro
Montaje de máquinas, acueductos, gasoductos, calderas, turbinas, compresores, ascensores, motores, grúas, etc. Pueden ser montajes individuales y también desmontajes.
Aclaracion: Los trabajos de construcción civil que deban ejecutarse en conexión con el montaje, pueden ser incluidos en el Seguro de Montaje siempre y cuando el valor total de dichos trabajos no supere el 50% del valor total del proyecto.
Bienes Asegurables
El propietario, fabricante o proveedor del objeto a montar, siempre que el montaje sea efectuado por el mismo o bajo su responsabilidad; la empresa encargada del montaje; el comprador de los objetos a montar; el acreedor que financia el montaje.
Coberturas (Amparos)
Daños materiales que sufran los bienes asegurados por cualquier causa no excluida expresamente (accidental, súbita e imprevista).
Coberturas adicionales
Cobertura Principal: Errores durante el montaje, impericia, descuido, actos malintencionados, caída del objeto que se monta o de sus partes, robo, incendio, rayo, explosión, hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o rocas, cortocircuitos, arcos voltaicos, caída de aviones o parte de ellos, pruebas de resistencia y funcionamiento de bienes nuevos. (A)
Coberturas adicionales:
Objeto del seguro
Cubrir todo tipo de maquinarias, especialmente aquellas en las cuales un daño puede provocar perjuicios graves de índole financiera y/o económica.
Bienes Asegurables
Máquinas generadoras de energía (calderas, turbinas, etc.), máquinas e instalaciones distribuidoras de energía eléctrica (transformadores, etc.), máquinas de producción y equipos auxiliares (bombas, compresores, etc.).
Cobertura
Daños que sucedan en forma súbita e imprevista a consecuencia de: